el cliente quiere saber si reporto incidentes dentro de 24 horas
24 horas es una alerta, no una notificación completa
No, no en el sentido de un informe de incidente completo dentro de 24 horas —pero hay sí una obligación que se acerca mucho. El artículo 21 apartado 2 de la Directiva NIS2 obliga a las entidades "importantes" y "esenciales" a notificar incidentes significativos en fases: una alerta temprana dentro de 24 horas, seguida de una notificación completa dentro de 72 horas, y un informe final posteriormente. Esta obligación se aplica directamente a la entidad que cae bajo NIS2 — por lo general, el cliente que envía el cuestionario, no automáticamente el proveedor que lo rellena. Si la obligación de las 24 horas también recae sobre tu propia empresa depende de si tú mismo como entidad caes bajo la directiva; esto se describe en la pregunta de si la empresa cae bajo NIS2.
Lo que normalmente un cliente quiere saber con esta pregunta no es si cumples la obligación legal de notificación ante una autoridad de supervisión, sino si lo informas a él lo suficientemente rápido si algo falla en ti que afecte a su prestación de servicios. Esto es un acuerdo contractual, no un plazo legal de la directiva misma — las 24 horas de NIS2 es una obligación entre entidad y autoridad de supervisión, no automáticamente entre proveedor y cliente. Si tienes un procedimiento de incidentes con tus propios plazos de notificación interna, ese es el documento que normalmente encaja aquí; ese procedimiento se describe en la pregunta sobre un procedimiento para incidentes de seguridad. Si no tienes un plazo establecido, entonces un "no" con una breve aclaración es más honesto que un "sí" que no puedes sustentar.
Dónde aparece en la directiva: artículo 21, apartado 2
La obligación de notificación por fases — alerta temprana dentro de 24 horas, notificación dentro de 72 horas, informe final — se establece en el artículo 21 apartado 2 de la Directiva (UE) 2022/2555, como parte de las diez medidas enumeradas allí. Esta obligación se dirige a la relación entre la entidad y la autoridad de supervisión competente o el CSIRT, no a la relación entre proveedor y cliente. La Ley de Ciberseguridad holandesa transpone esta directiva a la legislación nacional; quién exactamente cae bajo la obligación de notificación y a partir de cuándo se derivará de esa ley una vez que entre en vigor.
En qué se basa esto
- Directiva (UE) 2022/2555 (NIS2), artículo 21, apartado 2 — las diez medidas
- ISO/IEC 27001 — Anexo A, las medidas de control
- Cyberbeveiligingswet — la transposición holandesa de NIS2, en vigor 15 de agosto de 2026
La norma misma está en EUR-Lex. Nosotros remitimos por cada aseveración; usted no tiene que creer lo que decimos.
Qué debe hacer concretamente
El desarrollo de cada obligación, con los plazos que corresponden y las plantillas para documentarlo, está incluido en la suscripción.
Consulte la suscripción Primero el análisis rápido gratuitoEsto no es asesoramiento jurídico. Esta página proporciona información general sobre la normativa que cubre esta plataforma. No conocemos su situación. Si tiene dudas sobre su caso específico, consulte con un abogado o la autoridad de supervisión competente.
Escrito con IA basándose en las fuentes anteriores, revisado por una persona el 2026-09-05. ¿Hay algo que no sea correcto? Avísenos — las correcciones tienen prioridad.