el cliente pregunta cómo regulamos el acceso para proveedores externos o freelancers
El acceso para terceros se incluye en la política de acceso, no en la gestión de la cadena de suministro
Esta pregunta pertenece a la política de acceso de la empresa, no a las preguntas sobre los propios proveedores. El cliente quiere saber cómo evitas que un autónomo o tercero obtenga más derechos de los necesarios, y cómo revocas ese acceso una vez finalizado el trabajo. Haz tú mismo esa distinción: una pregunta sobre los requisitos de seguridad que estableces para terceros se refiere a gestión de la cadena de suministro, una pregunta sobre cómo esos terceros inician sesión en tus sistemas se refiere a acceso. Los cuestionarios a menudo mezclan esto, pero son dos medidas diferentes del artículo 21 apartado 2 de la Directiva NIS2 y dos capítulos diferentes del Anexo A en ISO 27001.
Lo que se pregunta concretamente: ¿tienes un proceso para otorgar, modificar y revocar acceso (incorporación y desincorporación), utilizas cuentas temporales o con fecha de caducidad para externos, y se aplica el principio del mínimo privilegio — acceso solo a lo que es necesario, no a toda la red. Si los externos obtienen acceso remoto, a menudo también se pregunta si autenticación multifactor es obligatorio. Si no tienes una política separada para terceros, sino que te remites a la gestión de acceso general en la que no se hace distinción entre empleados propios y terceros, entonces "no" es la respuesta honesta — una contraseña compartida o una cuenta que sigue activa después de completar un trabajo no cuenta como acceso controlado.
Dónde aparece en la directiva y la norma
El artículo 21 apartado 2 de la Directiva NIS2 menciona la política de control de acceso y la seguridad del personal como dos de las diez medidas obligatorias; ISO 27001 lo desarrolla en el Anexo A bajo control de acceso, con especial atención al acceso por terceras partes y su revocación al término del contrato.
En qué se basa esto
- Directiva (UE) 2022/2555 (NIS2), artículo 21, apartado 2 — las diez medidas
- ISO/IEC 27001 — Anexo A, las medidas de control
- Cyberbeveiligingswet — la transposición holandesa de NIS2, en vigor 15 de agosto de 2026
La norma misma está en EUR-Lex. Nosotros remitimos por cada aseveración; usted no tiene que creer lo que decimos.
Qué debe hacer concretamente
El desarrollo de cada obligación, con los plazos que corresponden y las plantillas para documentarlo, está incluido en la suscripción.
Consulte la suscripción Primero el análisis rápido gratuitoEsto no es asesoramiento jurídico. Esta página proporciona información general sobre la normativa que cubre esta plataforma. No conocemos su situación. Si tiene dudas sobre su caso específico, consulte con un abogado o la autoridad de supervisión competente.
Escrito con IA basándose en las fuentes anteriores, revisado por una persona el 2026-09-05. ¿Hay algo que no sea correcto? Avísenos — las correcciones tienen prioridad.